17. Una psicóloga clínica en ejercicio en el Sistema Nacional de Salud es citada a declarar como testigo-perito ante un tribunal, en relación con un procedimiento penal abierto contra uno de sus pacientes. ¿Cómo debe proceder?:
1. No acudiendo a declarar ante el tribunal, ya que el secreto profesional la exime.
2. Acudiendo al tribunal, pero negándose a declarar aduciendo que la historia clínica de salud mental contiene datos de terceros y apreciaciones subjetivas.
3. Realizando un peritaje previo a la declaración, ya que debe fundamentar la información que proporcione al tribunal en una evaluación psicológica específica.
4. Acudiendo al tribunal, aclarando que sus conclusiones se derivan de la actividad clínica y asistencial mantenida con el paciente.
RC Ministerio: 4
Solicito la anulación de la pregunta, ya que ninguna alternativa es plenamente correcta.
Según Pastor y del Río (2018), el Código de Deontología Médica (2011, art. 62) establece que el “el cargo de perito es incompatible con haber intervenido como médico asistencial de la persona peritada”, lo que invalida la opción opción 4.
Asimismo, el rol clínico y el peritaje forense responden a objetivos distintos, y la información derivada de la atención asistencial no sustituye una evaluación pericial específica, ya que el motivo de atención clínica no tiene por qué coincidir con el objeto de la evaluación judicial, pudiendo ser la opción 3 también correcta.
La actuación correcta sería comparecer ante el juez, informar de la relación asistencial previa y abstenerse de actuar como perito salvo designación expresa, circunstancia no contemplada en ninguna opción.
Título: Ética profesional en salud mental. Guía de actuación ético-deontológica y legal en Psicología Clínica y Psiquiatría.
Autores: Pastor Morales, P.M y Del Río Sánchez, C.
Editorial: Pirámide
Año: 2018
Página: 53
Pregunta V0 17
Moderadores: Solebo, Dieguito, beapsi, Xensuix, Here93
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