CONVOCATORIA PIR 2022/2023
La convocatoria PIR 2022-2023 (Orden SND/840/2022, de 26 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2022 para el acceso en el año 2023, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física ha sido publicada en el BOE del 2 de septiembre del 2022 https://boe.es/boe/dias/2022/09/02/pdfs/BOE-A-2022-14414.pdf
PLAZAS DE PSICOLOGÍA CLÍNICA
En esta convocatoria se ofertan 231 plazas de Psicología Clínica (27 plazas más que en la convocatoria anterior)
211 plazas en centros de titularidad pública más 20 plazas en centros sanitarios de titularidad privada que ejerce el derecho de conformidad previa a las personas que pretendan acceder a la misma.
Del total de plazas ofertadas, 16 plazas podrán ser cubiertas por las personas que se presenten en el turno de discapacidad.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El modelo 790 de solicitud se cumplimentará a través de la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad https://sede.mscbs.gob.es/ciudadanos/procAdministrativos.do?tipo=detallar&cod=080420.
Cada formulario de solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único, por lo que no serán válidas las copias del mismo.
La ausencia de firma en la solicitud, ya sea mediante rúbrica personal o a través de firma electrónica, será causa de no admisión a las pruebas selectivas.
Con la firma de la solicitud, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la persona solicitante otorga consentimiento expreso al Ministerio de Sanidad para que acceda a la comprobación automática, de:
a) Situación de desempleo.
b) Situación de discapacidad (excepto para la Comunidad Autónoma de País Vasco y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación).
c) Condición de familia numerosa (excepto para las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación).
En caso de no otorgar consentimiento, marcando la casilla indicada a tal efecto en el modelo de solicitud, se deberá aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los citados datos en los términos y plazos previstos en esta orden de convocatoria.
Cumplimentada y firmada la solicitud, éste podrá presentarse electrónicamente o, excepcionalmente, en soporte papel (solamente podrán presentarla en soporte papel aquellas personas que no dispongan de DNI/NIE).
En el caso de que una persona quiera modificar algunos de los datos de una solicitud presentada electrónicamente, deberá anular dicha solicitud y registrar una nueva solicitud en el plazo de presentación de las mismas. En el caso de que una persona quiera modificar algunos de los datos de una solicitud presentada de forma presencial, deberá registrar una nueva solicitud en el plazo de presentación de las mismas y solo será tenida en cuenta la registrada en último lugar.
Si se decide registrar una nueva solicitud y ha tenido que realizar de nuevo el abono de la tasa a fin de poder concluir correctamente el procedimiento, se podrá solicitar
posteriormente la devolución de la cantidad abonada que corresponda.
Con carácter general, la tasa de derechos de examen será de 31,10 euros, que se ingresarán en el Tesoro Público a través de pago electrónico o mediante su abono en las entidades financieras colaboradoras.
Estarán exentas del pago de la tasa de derechos de examen:
a) Las personas que pertenezcan a familia numerosa clasificada en cualquier categoría.
b) Las personas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
c) Las personas que figuren como demandantes de empleo y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
d) Las personas víctimas de terrorismo, en los términos definidos en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de reconocimiento y protección integral a las víctimas del terrorismo.
Plazo de presentación de solicitudes y de desarrollo de las pruebas selectivas.
Las solicitudes se podrán presentar desde las 10:00:00 horas del día 5 de septiembre de 2022 hasta las 14:00:00 horas del día 19 de septiembre de 2022, según la hora peninsular española.
Forma de cumplimentación de solicitudes.
Será de obligado cumplimiento para participar en estas pruebas selectivas la cumplimentación electrónica de la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad: (https://sede.mscbs.gob.es/ciudadanos/procAdministrativos.do?tipo=detallar&cod=080420)
No se tramitarán en ningún caso formularios cumplimentados a mano.
Forma de presentación de solicitudes.
a) Registro electrónico de solicitudes: Será de obligado cumplimiento para todas las personas que dispongan de un DNI/NIE.
Los sistemas de identificación admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: Certificado electrónico reconocido de persona física o Cl@ve Permanente. Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: AutoFirm@ y Cl@veFirma.
La presentación de solicitudes por vía electrónica conllevará la firma electrónica de la solicitud y el pago electrónico de la tasa de derechos de examen, y siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen.
b) Registro presencial de solicitudes: Será únicamente admitido para las personas que no dispongan de un DNI/NIE, dado que no pueden disponer de un sistema de identificación electrónico permitido en España.
Documentación requerida para la acreditación de requisitos.
a) Acreditación de titulación universitaria:
No tendrán que presentar copia de titulación las personas que hayan sido admitidas a estas pruebas en cualquier convocatoria previa.
El resto de personas, en el momento de realizar la solicitud electrónica, deberán adjuntar obligatoriamente, en formato pdf, copia del título universitario que en cada caso corresponda, o copia de la resolución de reconocimiento, homologación o equivalencia, del correspondiente título extranjero.
b) Acreditación de méritos académicos:
La presentación de los méritos académicos no es obligatoria, aunque es recomendable, ya que en caso de no presentar los méritos académicos, se aplicará una puntuación media de 5 en el expediente individual. En el caso de querer presentar los méritos académicos, la documentación acreditativa de los mismos se presentará en el momento de realización de la solicitud de admisión, aunque estos méritos se hayan presentado en cualquier convocatoria previa.
En relación a la copia de la certificación académica personal, ésta habrá de incluir al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global del expediente académico. En relación a la copia de la titulación de doctor, ésta habrá de incluir la calificación obtenida en la tesis.
CALENDARIO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS 2022/2023
- Plazo de presentación de solicitudes: Desde las 10:00:00 horas del día 5 de septiembre de 2022 hasta las 14:00:00 horas del día 19 de septiembre de 2022, según la hora peninsular española.
- Exhibición de las relaciones provisionales de admitidos: A partir del 8 de noviembre de 2022
- Reclamaciones a las relaciones provisionales de admitidos podrán presentarse y aportar la documentación que subsane errores en un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de dichas relaciones provisionales.
- Dichas reclamaciones serán resueltas en un plazo máximo de dos meses, al aprobar las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos.
- Fecha del ejercicio: el 21 de enero de 2023.
- Exhibición de las plantillas de respuestas correctas: En un plazo máximo de 5 días hábiles después de la celebración de la prueba.
- Plazo de reclamaciones a las plantillas de respuestas correctas: Los tres días hábiles posteriores exhibición de las plantillas de respuestas correctas.
- Publicación de las relaciones provisionales de resultados obtenidos en las pruebas: En el mes siguiente a la celebración del ejercicio.
- Plazo de reclamaciones a las relaciones provisionales de resultados obtenidos en las pruebas: Cuatro días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de las relaciones provisionales de resultados.
- Publicación de las relaciones definitivas de resultados obtenidos en las pruebas: En el mes siguiente a la publicación de las relaciones provisionales de resultados.
- Actos de adjudicación de plazas: En el mes siguiente a la aprobación de las relaciones definitivas de resultados.
- Plazo de toma de posesión: El plazo que se señale en la correspondiente resolución.