CONVOCATORIA PIR 2023/2024

La convocatoria PIR 2023-2024 (Orden SND/990/2023, de 17 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2023 para el acceso en el año 2024, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física ha sido publicada en el BOE del 24 de agosto del 2023 https://www.boe.es/boe/dias/2023/08/24/pdfs/BOE-A-2023-18623.pdf

 

PLAZAS DE PSICOLOGÍA CLÍNICA

En esta convocatoria se ofertan 247 plazas de Psicología Clínica (16 plazas más que en la convocatoria anterior)

226 plazas en centros de titularidad pública más 21 plazas en centros sanitarios de titularidad privada.
Del total de plazas ofertadas, 17 plazas podrán ser cubiertas por las personas que se presenten en el turno de discapacidad.

 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El modelo 790 de solicitud se cumplimentará a través de la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad https://sede.mscbs.gob.es/ciudadanos/procAdministrativos.do?tipo=detallar&cod=2897569.
Cada formulario de solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único, por lo que no serán válidas las copias del mismo. No se tramitarán en ningún caso formularios cumplimentados a mano.

Con la cumplimentación de la solicitud, la persona solicitante otorga consentimiento expreso al Ministerio de Sanidad para que acceda a la comprobación automática de las siguientes situaciones, marcando la casilla indicada a tal efecto en el modelo 790:

a) Situación de desempleo.
b) Situación de discapacidad (excepto para la Comunidad Autónoma de País Vasco y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación).
c) Condición de familia numerosa (excepto para las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación).
d) Representación en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración General del Estado.

En caso de no otorgar consentimiento para el acceso a los datos descritos en el párrafo anterior o en caso de pertenecer a las áreas geográficas anteriormente exceptuadas, se deberá aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los citados datos en los términos y plazos previstos en esta orden de convocatoria.

En el caso de que una persona quiera modificar los datos de una solicitud, deberá proceder de la siguiente forma:
a) Si ha presentado su solicitud electrónicamente, deberá anular dicha solicitud y registrar una nueva solicitud en el plazo de presentación, siendo esta última la válida a efectos de registro.
b) Si ha presentado su solicitud de forma presencial, deberá registrar una nueva solicitud en el plazo de presentación, siendo esta última la válida a efectos de registro.

Al modificarse la solicitud, si se ha abonado previamente la tasa de examen y así se acredita debidamente, no deberá procederse de nuevo al abono de la tasa

Con carácter general, la tasa de derechos de examen será de 31,10 euros, que se ingresarán en el Tesoro Público a través de pago electrónico o mediante su abono en las entidades financieras colaboradoras.

Estarán exentas del pago de la tasa de derechos de examen:
a) Las personas víctimas de terrorismo.
b) Las personas que pertenezcan a familia numerosa clasificada en cualquier categoría.
c) Las personas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
d) Las personas en situación de desempleo.

Plazo de presentación de solicitudes y de desarrollo de las pruebas selectivas.

La solicitud de participación podrá presentarse, desde las 10:00:00 horas del día 1 de septiembre de 2023 hasta las 14:30:00 horas del día 8 de septiembre de 2023 y entre las 9:00:00 horas del día 11 de septiembre de 2023 hasta las 17:00:00 horas del día 15 de septiembre de 2023, según la hora peninsular española del Real Instituto y Observatorio de la Armada. En el periodo comprendido entre 14:30:01 horas del 8 de septiembre y las 08:59:59 horas del día 11 de septiembre de 2023, no se podrá acceder a la presentación y registro electrónico de las solicitudes por tareas de mantenimiento de la plataforma de Gestión Integrada de Sistemas de Registro (GEISER) de la Administración General del Estado.

Forma de presentación de solicitudes.

a) Registro electrónico de solicitudes: Será de obligado cumplimiento para todas las personas que dispongan de un DNI/NIE.

Los sistemas de identificación admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: Certificado electrónico reconocido de persona física o Cl@ve Permanente. Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: AutoFirm@ y Cl@veFirma.

El registro de solicitud por vía electrónica conllevará el pago electrónico de la tasa de derechos de examen, que en su caso corresponda, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen.

b) Registro presencial de solicitudes: Será únicamente admitido para las personas que no dispongan de un DNI/NIE, dado que no pueden disponer de un sistema de identificación electrónico permitido en España.

 

Documentación requerida para la acreditación de requisitos.

a) Acreditación de titulación universitaria:

Las personas solicitantes, en el momento de realizar la solicitud, deberán adjuntar, en formato PDF, copia del título universitario español o bien el reconocimiento, homologación o equivalencia de un título extranjero.
En defecto del título español de grado/licenciatura/diplomatura, se aportará copia auténtica de la certificación supletoria provisional que sustituye al mismo a la que se refiere el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
El reconocimiento de las cualificaciones profesionales obtenidas en otros Estados miembros de la Unión Europea se acreditará conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013.

b) Acreditación de méritos académicos:

La presentación de la certificación académica personal en la que figuren los méritos académicos de la persona aspirante, a pesar de no ser obligatoria, es recomendable. La documentación acreditativa de los méritos académicos se aportará en el momento de registro de la solicitud.
La certificación académica personal habrá de incluir, al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global en base 10 del expediente académico, según lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Estas certificaciones deberán estar firmadas electrónicamente por la persona competente de la Universidad que corresponda.
Para la certificación académica de estudios cursados en el extranjero, deberá presentarse la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico universitario emitida por el Ministerio de Universidades, de conformidad con la
Resolución de 21 de marzo de 2016 de la Dirección General de Política Universitaria por las que se actualizan la relación de las escalas de calificación de los estudios o títulos universitarios extranjeros y las equivalencias al sistema de calificación de las universidades españolas y en la Resolución de 21 de julio de 2016, que la complementa.
Esta declaración de equivalencia se puede solicitar a través de la página web del Ministerio de Universidades.
A las personas aspirantes que no presenten la certificación académica personal durante el periodo de solicitudes conforme a lo establecido en la presente orden de convocatoria, se les aplicará una puntuación media de 5,00 en el expediente individual.

 

CALENDARIO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS 2023-2024
  • Plazo de presentación de solicitudes: Desde las 10:00:00 horas del día 1 de septiembre de 2023 hasta las 17:00:00 horas del día 15 de septiembre de 2023, según la hora peninsular española. En el periodo comprendido entre 14:30:01 horas del 8 de septiembre y las 08:59:59 horas del día 11 de septiembre de 2023, no se podrá acceder a la presentación y registro electrónico de las solicitudes por tareas de mantenimiento de la plataforma de Gestión Integrada de Sistemas de Registro (GEISER) de la Administración General del Estado.
  • Exhibición de las relaciones provisionales de admitidos: El 16 de noviembre de 2023
  • Reclamaciones a las relaciones provisionales de admitidos podrán presentarse y aportar la documentación que subsane errores en un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de dichas relaciones provisionales.
  • Dichas reclamaciones serán resueltas en un plazo máximo de dos meses, al aprobar las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos.
  • Fecha del ejercicio: el 20 de enero de 2024.
  • Exhibición de las plantillas de respuestas correctas: En un plazo máximo de 5 días hábiles después de la celebración de la prueba.
  • Plazo de reclamaciones a las plantillas de respuestas correctas: Los tres días hábiles posteriores exhibición de las plantillas de respuestas correctas.
  • Publicación de las relaciones provisionales de resultados obtenidos en las pruebas: En el mes siguiente a la celebración del ejercicio.
  • Plazo de reclamaciones a las relaciones provisionales de resultados obtenidos en las pruebas: Cuatro días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de las relaciones provisionales de resultados.
  • Publicación de las relaciones definitivas de resultados obtenidos en las pruebas: En el mes siguiente a la publicación de las relaciones provisionales de resultados.
  • Actos de adjudicación de plazas: En el mes siguiente a la aprobación de las relaciones definitivas de resultados.
  • Plazo de toma de posesión:  El plazo que se señale en la correspondiente resolución.