situación de desempleo

Tus dudas y comentarios sobre la convocatoria 2015/16

Moderadores: Solebo, Dieguito

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Solebo
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Re: situación de desempleo

Mensaje por Solebo »

limonisima escribió:He vuelto a rellenar el modelo de nuevo y a descargarme el pdf. Puedo entregar este último sin problemas ¿no?
Sí, peeeeeeero asegúrate que el antiguo está en la papelera no sea que los mezcles y la líes :smt082

Los tres ejemplares tienen que tener el mismo código de barras (nº de justificante), por eso te lo digo. ;)
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pirolusita
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Re: situación de desempleo

Mensaje por pirolusita »

pens2:

Pero.. si al final presento la inscripción sin certificado digital, es decir, mediante la opción 2, ¿sí tengo que presentar el documento que acredita desempleo, no?

Yo daba por hecho, que la opción de dar el consentimiento de verificación ( y ahorrarme el ir a la oficina de desempleo), era solo viable para la presentación electrónica de la solicitud....

:smt017


COPIO Y PEGO DEL BOE

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en los términos
expuestos, se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo
Estatal o entidad asimilada en la respectiva comunidad autónoma. No obstante y de
acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso
electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, los aspirantes podrán optar por
acreditar su situación en el desempleo sin presentar la citada documentación, siempre que
presten su consentimiento expreso, a través de la casilla destinada al efecto en el modelo
de solicitud 790 para consultar su situación ante la Plataforma de Intermediación de datos
del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
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Crisbdv
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Re: situación de desempleo

Mensaje por Crisbdv »

Hola a todos, tengo una duda sobre la exención de pago por desempleo. ¿Si únicamente estoy inscrita como demandante de empleo aunque no tenga prestación económica también me libro de pagar las tasas? Habitualmente realizo trabajos temporales pero desde enero que no he trabajado en nada remunerado.

Un saludo y ánimo!!!
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beapsi
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Re: situación de desempleo

Mensaje por beapsi »

Hola Crisbdv, si así es, siempre que estés inscrita como mínimo desde hace un mes:

6. Estarán exentos del pago de la tasa de derechos de examen:
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
la convocatoria de estas pruebas selectivas. Serán requisitos para el disfrute de la
exención, que el demandante de empleo, en el plazo anteriormente citado, no hubiera
rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hubiera negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que,
asimismo, carezca de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional.
Crisbdv
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Re: situación de desempleo

Mensaje por Crisbdv »

Gracias por tu rapidez! Entonces si no he cobrado nada en este mes anterior, obviamente no supero el salario mínimo... Pensaba que se referia a la renta anual.

Buenas noches!!
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Solebo
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Re: situación de desempleo

Mensaje por Solebo »

Crisbdv escribió:Entonces si no he cobrado nada en este mes anterior, obviamente no supero el salario mínimo... Pensaba que se referia a la renta anual. Buenas noches!!
No sé, pero el salario mínimo anual está en 9.080 euros y con trabajos temporales es difícil superarlo no :smt102 es que si lo superaras avísame para que me vaya contigo, donde sea y cuando sea :13 :smt082


Para el año 2015 el Ministerio de Empleo y Seguridad Social fijó el SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL en los siguientes valores:
•Salario Mínimo diario: 21,62€
•Salario Mínimo mensual: 648,60
•Salario Mínimo anual: 9080,40€ (14 pagas)

Estos valores representan un incremento del 0,5% respecto al pasado año 2014.
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Re: situación de desempleo

Mensaje por Crisbdv »

jajaja muchas gracias!! Tranqui que no lo supero... El mensual en los meses de verano si que lo supero pero imagino que si este verano no he hecho nada no habria problema...
Como me alegro de haber preguntado por aquí, ¡sabéis un montón! Seguro que ni en el ministerio me habrian aclarado las dudas tan rápido. ;)
SaritaC.F.
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Re: situación de desempleo

Mensaje por SaritaC.F. »

Hola, soy nueva por aquí y también es la primera vez que me presento al examen por lo que estoy pez total. Tengo una duda que seguro es una chorrada, como estoy en situación de desempleo no tengo que pagar tasas pero, tengo que ir igualmente al banco a que me sellen el documento????.
Muchas gracias de antemano!!!
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Re: situación de desempleo

Mensaje por DRRROUS »

Hola! vengo a liarla un poquito más, os cuento mi situación: yo estaba apuntada al paro desde hace mil años y... la verdad es que se me olvidó renovarlo hasta hace relativamente poco (2 de septiembre). He leído que hay que estar apuntado desde, al menos, un mes antes de que saliese la convocatoria. ¿Eso es que me toca pagar no? :rolleyes:
Vaya rollo :(
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Re: situación de desempleo

Mensaje por Lúa »

SaritaC.F. escribió:Hola, soy nueva por aquí y también es la primera vez que me presento al examen por lo que estoy pez total. Tengo una duda que seguro es una chorrada, como estoy en situación de desempleo no tengo que pagar tasas pero, tengo que ir igualmente al banco a que me sellen el documento????.
Muchas gracias de antemano!!!
Me parece que no te hace falta ;)
DRRROUS escribió:Hola! vengo a liarla un poquito más, os cuento mi situación: yo estaba apuntada al paro desde hace mil años y... la verdad es que se me olvidó renovarlo hasta hace relativamente poco (2 de septiembre). He leído que hay que estar apuntado desde, al menos, un mes antes de que saliese la convocatoria. ¿Eso es que me toca pagar no? :rolleyes:
Vaya rollo :(
Te toca pagar sí :Hangman:
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Re: situación de desempleo

Mensaje por DRRROUS »

Ok muchas gracias!! (PD: Eeeh! yo te conozco de trucopir!! XDDD)
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Re: situación de desempleo

Mensaje por Lúa »

DRRROUS escribió:Ok muchas gracias!! (PD: Eeeh! yo te conozco de trucopir!! XDDD)
Jajajaja y yo a ti, gran disfraz, mejor trucadora :yuuiy
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pirolusita
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Re: situación de desempleo

Mensaje por pirolusita »

Buenas tardes; :smt039

Sigo teniendo la misma duda, en la línea de lo que comentaba limonísima , con respecto a dar el consentimiento de verificación de datos para no ir así a por la documentación a la oficina de desempleo.

Mi duda es con respecto a esa casilla de verificación. Si solo es viable esa opción de marcado de consentimiento de verificación para aquellos que presenten el modelo luego de forma electrónica, o también para los que presentemos el modelo en papel (mi caso).

Es que hay una parte en el BOE en donde me confundo:

COPIO Y PEGO DEL BOE

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en los términos
expuestos, se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo
Estatal o entidad asimilada en la respectiva comunidad autónoma. No obstante y de
acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso
electrónico
de los ciudadanos a los Servicios Públicos, los aspirantes podrán optar por
acreditar su situación en el desempleo sin presentar la citada documentación, siempre que
presten su consentimiento expreso, a través de la casilla destinada al efecto en el modelo
de solicitud 790 para consultar su situación ante la Plataforma de Intermediación de datos
del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2015-10053
Verificable en http://www.boe.es

Es que el año pasado no contaba con esta opción de marcado de casilla de permiso de verificación, había que presentar el documento. Y justamente este año, que es posible la opción vía electrónica es cuando, lógicamente aparece la casilla.....peeeero como también está la opción de presentación del modelo en papel y el BOE pone lo que pone..., ahí mi duda.

Gracias
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Re: situación de desempleo

Mensaje por ocarallo29 »

¿Pero cuál es el problema? Marcas la opción del consentimiento en el papel y punto. Ni certificado ni gaitas.
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T-mac
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Re: situación de desempleo

Mensaje por T-mac »

Ni te ralles, Piru :p
Si pone eso, eso pone. Novedad de no tener por qué entregar el documento justificativo de desempleo siempre que des el consentimiento de verificarlo. Sin ddiferenciar entre solicitud electrónica o en papel
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