Facturas por trabajo "freelance"
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Facturas por trabajo "freelance"
Me estoy informando un poco sobre este tema y no me aclaro mucho, a ver si alguien por aquí sabe cómo van estas cosas.
Si un psicólogo hace un trabajo puntual, p. ej. de formador, y ha de emitir una factura, ¿ha de hacer algún paso previo "oficial" antes? Es decir, si vas a realizar un trabajillo por el que no vas a cobrar más de 300 euros y probablemente no tengas ningún otro ingreso en todo el año, ¿es necesario ir a Hacienda a darse de alta en algún registro? ¿O no hay que hacer nada, y ya lo declararás en la declaración del año siguiente, si es que estás obligado? (en principio, habiendo cobrado tan poco en todo un año, entiendo que se está exento de declarar).
Es que he estado leyendo en un foro de traductores (más que nada porque es el sitio que he encontrado donde mejor explicaban las cosas), y según pone allí sí hay que darse de alta, no en la SS como autónomo, sino en Hacienda.
También dicen que hay que aplicar tanto IVA como IRPF. No sé si lo del IVA quizás es por el tipo de servicio que ellos ofrecen, las traducciones. En el caso de un cursillo de Psicología, ¿también hay que aplicar un porcentaje de IVA? Si es así, ¿cuánto es el aplicable?
Si un psicólogo hace un trabajo puntual, p. ej. de formador, y ha de emitir una factura, ¿ha de hacer algún paso previo "oficial" antes? Es decir, si vas a realizar un trabajillo por el que no vas a cobrar más de 300 euros y probablemente no tengas ningún otro ingreso en todo el año, ¿es necesario ir a Hacienda a darse de alta en algún registro? ¿O no hay que hacer nada, y ya lo declararás en la declaración del año siguiente, si es que estás obligado? (en principio, habiendo cobrado tan poco en todo un año, entiendo que se está exento de declarar).
Es que he estado leyendo en un foro de traductores (más que nada porque es el sitio que he encontrado donde mejor explicaban las cosas), y según pone allí sí hay que darse de alta, no en la SS como autónomo, sino en Hacienda.
También dicen que hay que aplicar tanto IVA como IRPF. No sé si lo del IVA quizás es por el tipo de servicio que ellos ofrecen, las traducciones. En el caso de un cursillo de Psicología, ¿también hay que aplicar un porcentaje de IVA? Si es así, ¿cuánto es el aplicable?
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Ojo Asakamaya!!!
Los traductores si no recuerdo mal tienen un régimen especial, algún privilegio, o algo especial pa ellos solitos, no partas de esa información ni la apliques a nosotros porque no se ajustará al 100%.
Puedo decirte que por hacer un trabajo puntual no tienes que estar dada de alta en autónomos, peeeero, si no recuerdo mal, puedes estar dada de alta en el IAE sin pagar autónomos. Y por otro lado actividades como formación no están exentas de iva.
Resumiendo, la información de traductores o del lugar que sea es buena, peeero ojito que los traductores tenían algo, no sé que, que les permite hacer cosas que nosotros no podemos (a parte de traducir con calidad) busca info por otras vías.
Los traductores si no recuerdo mal tienen un régimen especial, algún privilegio, o algo especial pa ellos solitos, no partas de esa información ni la apliques a nosotros porque no se ajustará al 100%.
Puedo decirte que por hacer un trabajo puntual no tienes que estar dada de alta en autónomos, peeeero, si no recuerdo mal, puedes estar dada de alta en el IAE sin pagar autónomos. Y por otro lado actividades como formación no están exentas de iva.
Resumiendo, la información de traductores o del lugar que sea es buena, peeero ojito que los traductores tenían algo, no sé que, que les permite hacer cosas que nosotros no podemos (a parte de traducir con calidad) busca info por otras vías.
Ey caminante! Que no hay camino, que no lo hay. Al parecer se hace camino al andar.
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Sí, por eso lo cogía con pinzas y he preferido preguntar aquí.
Mi duda también es... Si tú haces un solo trabajito (qué mal suena dicho así) en todo un año, que no pasa de los 300 euros (no llega a un SMI mensual), y haces tu factura/recibo o lo que sea... ¿Tienes que darte de alta obligatoriamente en el IAE o basta con que en la declaración del año siguiente vayas con los papeles y lo incluyas?
Y ¿estás seguro de lo del IVA para actividades de formación?
En algún sitio he visto que no...
Mi duda también es... Si tú haces un solo trabajito (qué mal suena dicho así) en todo un año, que no pasa de los 300 euros (no llega a un SMI mensual), y haces tu factura/recibo o lo que sea... ¿Tienes que darte de alta obligatoriamente en el IAE o basta con que en la declaración del año siguiente vayas con los papeles y lo incluyas?
Y ¿estás seguro de lo del IVA para actividades de formación?
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Formación e IVA. Por ejemplo, las tres primera entradas de google:
http://www.bbvacontuempresa.es/actualid ... aci%C3%B3n
http://www.pymesyautonomos.com/fiscalid ... formativas
http://foros.areadepymes.com/viewtopic.php?f=2&t=49557
EN RESUMEN: Parece ser que salvo que sea formación incluida en planes de estudios... no está exenta. Y adicionalmente al estar impartido por una persona física, parece tener la categoría de servicio ofertado por una persona que realiza actividad empresarial o no sé que historias, y por tanto ¡¡zasca!! iva al canto
Por otro lado los únicos psicólogos exentos de pagar iva son los clínicos, haciendo actividades sanitarias.
http://www.bbvacontuempresa.es/actualid ... aci%C3%B3n
http://www.pymesyautonomos.com/fiscalid ... formativas
http://foros.areadepymes.com/viewtopic.php?f=2&t=49557
EN RESUMEN: Parece ser que salvo que sea formación incluida en planes de estudios... no está exenta. Y adicionalmente al estar impartido por una persona física, parece tener la categoría de servicio ofertado por una persona que realiza actividad empresarial o no sé que historias, y por tanto ¡¡zasca!! iva al canto
Por otro lado los únicos psicólogos exentos de pagar iva son los clínicos, haciendo actividades sanitarias.
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Jummmm, es que yo estuve trabajando una temporada para una organización haciendo una especie de actividades educativas que estaban exentas tanto de IAE como de IVA. Lo declaraba cada año y ningún problema. Lo que pasa es que la organización era quien lo arreglaba todo (yo no emitía factura, me la hacían ellos como si fuera yo quien la elaborara) y por eso nunca me preocupé por informarme y aún a día de hoy no sé por qué esa actividad estaba exenta, ni sé exactamente qué "categoría" de actividad era a efectos tributarios
Lo que quiero decir es que sí hay más actividades con sus especificaciones peculiares...
Lo que quiero decir es que sí hay más actividades con sus especificaciones peculiares...
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Asakamaya, peculiaridades, excepciones, recovecos y argucias legales las hay, las hubo y las habrá. Y en este, nuestro amado y agradecido país, más. Somos los reyes de la picaresca, de la legal y la ilegal.
No te puedo decir mucho más, no soy para nada un experto, y a mi me surgen dudas igual que a ti. Pero ten en cuenta un par de cosas
1º La normativa no siempre es la misma, cambia.
2º En los últimos años/meses ha cambiado la referente al iva, por ejemplo el iva del material infantil pasó de 4% al 21.
3º Al igual te falta información, al ser la asociación la que se encargaba de las cosas.
4º Aún presuponiendo la buena fé de la empresa/asociación puede ser que tuviesen ciertas obligaciones tributarias y que no cumpliesen con ellas por no saberlo o por estar confundidos igual que nosotros dos. Hay tanta normativa y tanta historia, que aún queriendo, al igual no se cumple. P.e. yo me enteré hace escasos 3 meses que como psicólogo no se puede hacer (según la ley) ni diagnósticos ni tratamientos, salvo ser clínico. Hasta ese momento pensé que la distinción sólo se limitaba al ámbito privado vs. público (como tantísima gente que aún no lo sabe)
Pero que sí, que hay normativas específicas para multitud de cosas. Trabajo no tendremos, pero normativas.... buah! hasta para exportar!! ¿Montamos un negocio de redactores de normativas?
No te puedo decir mucho más, no soy para nada un experto, y a mi me surgen dudas igual que a ti. Pero ten en cuenta un par de cosas
1º La normativa no siempre es la misma, cambia.
2º En los últimos años/meses ha cambiado la referente al iva, por ejemplo el iva del material infantil pasó de 4% al 21.
3º Al igual te falta información, al ser la asociación la que se encargaba de las cosas.
4º Aún presuponiendo la buena fé de la empresa/asociación puede ser que tuviesen ciertas obligaciones tributarias y que no cumpliesen con ellas por no saberlo o por estar confundidos igual que nosotros dos. Hay tanta normativa y tanta historia, que aún queriendo, al igual no se cumple. P.e. yo me enteré hace escasos 3 meses que como psicólogo no se puede hacer (según la ley) ni diagnósticos ni tratamientos, salvo ser clínico. Hasta ese momento pensé que la distinción sólo se limitaba al ámbito privado vs. público (como tantísima gente que aún no lo sabe)
Pero que sí, que hay normativas específicas para multitud de cosas. Trabajo no tendremos, pero normativas.... buah! hasta para exportar!! ¿Montamos un negocio de redactores de normativas?
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Muy buenos los links que me has puesto antes, Iban
Mira, en el primero de todos estoy viendo esto:
"La primera parada que tenemos que hacer es en la Ley 37/1992 del IVA, concretamente en su artículo 20.9 que declara sujetas y exentas de IVA las siguientes actividades:
La educación de la infancia y de la juventud, la guarda y custodia de niños, la enseñanza escolar, universitaria y de postgraduados, la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades."
Aquellas actividades que te decía eran con niños en riesgo social... supongo que por ahí irían los tiros. Todo el tema de la facturación lo llevaba un gestor (era una organización muy organizada, valga la redundancia
), así que también me fiaba de que la cosa fuera bastante correcta, la verdad, y por eso precisamente a día de hoy sigo siendo igual de ignorante en la materia
La formación y reciclaje profesional también entra como exenta de IVA. Precisamente es que me he apuntado a una oferta para impartir un modulo de Psicología en un curso de formación creo que para seguridad (personal de control de acceso), y he pensado que no me iría mal saber anticipadamente de estas cosas por si las moscas. Me da en la nariz que este tipo de formación estaría incluída en ese grupo... De todas formas la empresa que da la formación supongo que tendrá ya la mano rota de recibir / emitir facturas, puesto que se dedican a eso. Pero me gusta ir antes informada
De todas formas mi duda principal sigue siendo si por dar un cursillo de unas horas en la que vas a ganar una ridiculez, si no vuelves a hacer nada más en todo el año, es obligatorio aun así darse de alta en Hacienda.
Mira, en el primero de todos estoy viendo esto:
"La primera parada que tenemos que hacer es en la Ley 37/1992 del IVA, concretamente en su artículo 20.9 que declara sujetas y exentas de IVA las siguientes actividades:
La educación de la infancia y de la juventud, la guarda y custodia de niños, la enseñanza escolar, universitaria y de postgraduados, la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades."
Aquellas actividades que te decía eran con niños en riesgo social... supongo que por ahí irían los tiros. Todo el tema de la facturación lo llevaba un gestor (era una organización muy organizada, valga la redundancia
La formación y reciclaje profesional también entra como exenta de IVA. Precisamente es que me he apuntado a una oferta para impartir un modulo de Psicología en un curso de formación creo que para seguridad (personal de control de acceso), y he pensado que no me iría mal saber anticipadamente de estas cosas por si las moscas. Me da en la nariz que este tipo de formación estaría incluída en ese grupo... De todas formas la empresa que da la formación supongo que tendrá ya la mano rota de recibir / emitir facturas, puesto que se dedican a eso. Pero me gusta ir antes informada
De todas formas mi duda principal sigue siendo si por dar un cursillo de unas horas en la que vas a ganar una ridiculez, si no vuelves a hacer nada más en todo el año, es obligatorio aun así darse de alta en Hacienda.
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
No sé si te refieres al IAE, de ser así, por lo que tengo leído es de lo primerito que hay que hacer es darse de alta en el IAE que es gratuito, pero bueno tu sabes como funciona esto... yo no me voy a enterar si ganas 300 euros dando un cursillo ¡¡que conste que no te estoy empujando hacia el lado oscuro!! pero... yo que sé... lo declares o no... va a ser una ridiculez, el país no va a salir de la ruina por ese iva de 300 euros.
Pero no sé legalmente qué es lo que está estipulado, ojalá alguien nos saque de dudas.
Lo de los niños de exclusión social... pues no sé, a mi la legislación no es mi fuerte, ni la interpretación de la misma, me da repelus
mucho repelus
. Pero de lo que yo interpreto es eso que está exenta la formación que esté vinculada a un programa formativo, en caso de esos niños si la formación estaba relacionada con las materias impartidas en la escuela, planes de estudio (tipo refuerzo/apoyo escolar) quizá sí, o no, no lo sé. Pero todo lo que sea formación no reglada....
La referencia a las entidades privadas autorizadas previsto en el artículo 20 referido debe interpretarse, vista la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo, en atención a la clase o naturaleza de las actividades desarrolladas por la entidad privada autorizada o centro de enseñanza en cuestión, de forma que dicho centro se considerará autorizado o reconocido, a efectos del IVA, cuando sus actividades sean única o principalmente enseñanzas incluidas en algún plan de estudios que haya sido objeto del mencionado reconocimiento o autorización, bien sea por la legislación de la propia Comunidad o por la del Estado que resulte aplicable.
Pero no sé legalmente qué es lo que está estipulado, ojalá alguien nos saque de dudas.
Lo de los niños de exclusión social... pues no sé, a mi la legislación no es mi fuerte, ni la interpretación de la misma, me da repelus
La referencia a las entidades privadas autorizadas previsto en el artículo 20 referido debe interpretarse, vista la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo, en atención a la clase o naturaleza de las actividades desarrolladas por la entidad privada autorizada o centro de enseñanza en cuestión, de forma que dicho centro se considerará autorizado o reconocido, a efectos del IVA, cuando sus actividades sean única o principalmente enseñanzas incluidas en algún plan de estudios que haya sido objeto del mencionado reconocimiento o autorización, bien sea por la legislación de la propia Comunidad o por la del Estado que resulte aplicable.
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Gracias de nuevo Iban, me ayudas a ir aclarando más mis ideas. Sí, me refería a lo del IAE, por cierto
Lo de aquellas actividades con niños ya forma parte del pasado, pero aún así me ha picado la curiosidad... y he encontrado esta tarde algo que hablaba también sobre las organizaciones sin ánimo de lucro. Es posible que en ese caso no necesitara IAE por algún motivo así. No lucro / infancia / protección de población en riesgo... etc etc. A lo mejor no era entonces por actividad formativa sino por cualquier otro concepto que se nos escapa. De todas formas he de reconocer que a estas alturas ya da igual
(aunque el conocimiento no ocupa lugar).
Volviendo a lo del IAE... pienso como tú, que no te van a ir detrás... De hecho, comentándolo también con una amiga, me ha dicho que ella p. ej. estuvo trabajando para un centro de reconocimento sin darse de alta en el IAE, y que no tuvo ningún problema con la declaración después. Lo que pasa es que estaba cobrando con nómina en otro sitio aparte y lo debió declarar como rendimientos del trabajo, y no sé si ambas cosas estarían relacionadas
Es decir, no sé si alguien que no tiene otro trabajo aparte por cuenta ajena también podría hacer pasar esa actividad esporádica con el mismo "epígrafe".
Por otra parte, lo que es pillarte te pueden pillar, porque al haber factura/recibo de por medio, la empresa sí va a declarar esa factura, y a Hacienda les aparecería que tú en su momento no hiciste el trámite que te correspondía... pero si ya se soluciona con la declaración de la renta, pues trámite terminado de un plumazo. Lo de que el alta en el IAE es gratis no lo sabía, es que al hablar de IMPUESTO (la "I" del IAE), pues ya suena a pagar.
En fin... que si hay que hacerlo se hace (el alta en el IAE)... pero hacerlo "pa ná, es tontería". Sólo era eso, saber si era ultra-obligatorio hacer el alta antes, o lo puedes dejar arreglao más adelante en el periodo de declaración de la renta
Lo de aquellas actividades con niños ya forma parte del pasado, pero aún así me ha picado la curiosidad... y he encontrado esta tarde algo que hablaba también sobre las organizaciones sin ánimo de lucro. Es posible que en ese caso no necesitara IAE por algún motivo así. No lucro / infancia / protección de población en riesgo... etc etc. A lo mejor no era entonces por actividad formativa sino por cualquier otro concepto que se nos escapa. De todas formas he de reconocer que a estas alturas ya da igual
Volviendo a lo del IAE... pienso como tú, que no te van a ir detrás... De hecho, comentándolo también con una amiga, me ha dicho que ella p. ej. estuvo trabajando para un centro de reconocimento sin darse de alta en el IAE, y que no tuvo ningún problema con la declaración después. Lo que pasa es que estaba cobrando con nómina en otro sitio aparte y lo debió declarar como rendimientos del trabajo, y no sé si ambas cosas estarían relacionadas
Por otra parte, lo que es pillarte te pueden pillar, porque al haber factura/recibo de por medio, la empresa sí va a declarar esa factura, y a Hacienda les aparecería que tú en su momento no hiciste el trámite que te correspondía... pero si ya se soluciona con la declaración de la renta, pues trámite terminado de un plumazo. Lo de que el alta en el IAE es gratis no lo sabía, es que al hablar de IMPUESTO (la "I" del IAE), pues ya suena a pagar.
En fin... que si hay que hacerlo se hace (el alta en el IAE)... pero hacerlo "pa ná, es tontería". Sólo era eso, saber si era ultra-obligatorio hacer el alta antes, o lo puedes dejar arreglao más adelante en el periodo de declaración de la renta
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Ainss.. la moderadora que soy yo ultimamente no está a lo que está!! Sorryyyyyyyyyyyyyy
Tendrías que darte de alta en el IAE, cierto, siempre que emitas facturas por debajo de unos 1000 euros al año (esto no lo dice en ningun sitio, pero segun mis asesores es la cantidad que puede empezar a compensar mirar... y ni así
)
Dicho esto, ese registro no supone nada, aunque sea difícil que te pillen, a mi por ejemplo si que me pillaron, tres años después al solicitar una beca... es decir, quizás, si pides algún tipo de ayuda, subvencion, beca etc.. se puedan enterar.
Y sobre lo del IVA, no soy sanitaria reconocida ni clínica pero si aparezco como exenta... cuando vas a darte de alta en el IAE se arman el lio de la vida pensando en donde te van a encuadrar...

Tendrías que darte de alta en el IAE, cierto, siempre que emitas facturas por debajo de unos 1000 euros al año (esto no lo dice en ningun sitio, pero segun mis asesores es la cantidad que puede empezar a compensar mirar... y ni así
Dicho esto, ese registro no supone nada, aunque sea difícil que te pillen, a mi por ejemplo si que me pillaron, tres años después al solicitar una beca... es decir, quizás, si pides algún tipo de ayuda, subvencion, beca etc.. se puedan enterar.
Y sobre lo del IVA, no soy sanitaria reconocida ni clínica pero si aparezco como exenta... cuando vas a darte de alta en el IAE se arman el lio de la vida pensando en donde te van a encuadrar...
Cada cual atrae lo que es, no lo que desea.
Re: Facturas por trabajo "freelance"
Hola!!
Yo no estoy muy enterada de estas cosas, pero os puedo contar mi caso.
Yo he echo conferencias y talleres de forma particular, y sin estar dada de alta en ningún sitió. Al hacer la factura le he tenido que aplicar un 21% menos al total, en concepto de IRPF. Pero no IVA, ya que si aplicas el IVA debes estar dado de alta de autónomos
Así me lo dijeron de la Asesoria fiscal del COP, ya que puede encaberse dentro de nuestras funciones como psicológos. Hay una ley que explica eso, es la del IRPF, luego la busco y os la pongo!
Ahí va lo que me dijeroon en el COP:
"el art. 17 de la ley de IRPF permite cobrar honorarios por impartir cursos, charlas y conferencias sin ningún tipo de alta, la empresa pagadora te tiene que retener un 21% a cuenta del IRPF y tú en tú declaración anual de IRPF declarar estos importes como Rendimiento del Trabajo."
Espero haber ayudado en algo.
Yo no estoy muy enterada de estas cosas, pero os puedo contar mi caso.
Yo he echo conferencias y talleres de forma particular, y sin estar dada de alta en ningún sitió. Al hacer la factura le he tenido que aplicar un 21% menos al total, en concepto de IRPF. Pero no IVA, ya que si aplicas el IVA debes estar dado de alta de autónomos
Así me lo dijeron de la Asesoria fiscal del COP, ya que puede encaberse dentro de nuestras funciones como psicológos. Hay una ley que explica eso, es la del IRPF, luego la busco y os la pongo!
Ahí va lo que me dijeroon en el COP:
"el art. 17 de la ley de IRPF permite cobrar honorarios por impartir cursos, charlas y conferencias sin ningún tipo de alta, la empresa pagadora te tiene que retener un 21% a cuenta del IRPF y tú en tú declaración anual de IRPF declarar estos importes como Rendimiento del Trabajo."
Espero haber ayudado en algo.
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Gracias a ambas por los respectivos aportes, toda información siempre es de ayuda 
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Muchiiiiiiiiiísimas gracias a las dos. LaiaR, tu comentario también muy aclarador!!

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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Vale, LaiaR me surgió una duda. Y si en lugar de una empresa, lo que sucede es que montas un taller de habilidades sociales, relajación, mindfullnes, flores de Bach, de Mozart o del cristo crucificado, para 5, 10 o 15 personas y cada una de esas personas te paga de forma individual a tí como persona individual. ¿Cual sería ahí la situación?
-Facturas?
-Iva?
-IRPF?
-"Importes de rendimiento del trabajo"?
Y edito para añadir otra duda que se me olvida siempre, las facturas a los "pacientes" usuarios. ¿Se le hace una factura por cada visita a la clínica centro de psicología? ¿Se le hace una factura con el montante total de la terapia intervención?
-Facturas?
-Iva?
-IRPF?
-"Importes de rendimiento del trabajo"?
Y edito para añadir otra duda que se me olvida siempre, las facturas a los "pacientes" usuarios. ¿Se le hace una factura por cada visita a la clínica centro de psicología? ¿Se le hace una factura con el montante total de la terapia intervención?
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Re: Facturas por trabajo "freelance"
Iban... te voy a decir lo que te diría el gestor de mi asesoría... hombrehombrehombre pero que te complicas!!
En serio, he ido a veces hiperacojonada ocupada por alguna factura, duda sobre como facturar irpf etc.. y el hombre se me rie en la cara...
Vamos, que le damos más vueltas de las que tiene el tema.
Tú realizas tantas facturas como asistentes al curso tengas, aunque reconoce que es una extraña actividad esa de hacer un curso para personas individuales sin el respaldo de una asociación, agrupación, empresa que lo proponga y disponga aunque tú seas al docente... Y aunque fuese así, lo que tendrías que hacer es facturitas individuales para cada persona, de nuevo, si no estás dado de alta como autonomo sin iva (ahí mi gestor te diría, no te líes, tu siempre sin iva que total no se enteran de a que te dedicas en realidad...
) .
Sobre lo de las facturas a pacientes, yo las hago por meses, lo de la factura al finalizar, contando que la mitad te cuentan que lo dejan a medias por tfno o whatsapp.... mejor no!

En serio, he ido a veces hiperacojonada ocupada por alguna factura, duda sobre como facturar irpf etc.. y el hombre se me rie en la cara...
Tú realizas tantas facturas como asistentes al curso tengas, aunque reconoce que es una extraña actividad esa de hacer un curso para personas individuales sin el respaldo de una asociación, agrupación, empresa que lo proponga y disponga aunque tú seas al docente... Y aunque fuese así, lo que tendrías que hacer es facturitas individuales para cada persona, de nuevo, si no estás dado de alta como autonomo sin iva (ahí mi gestor te diría, no te líes, tu siempre sin iva que total no se enteran de a que te dedicas en realidad...
Sobre lo de las facturas a pacientes, yo las hago por meses, lo de la factura al finalizar, contando que la mitad te cuentan que lo dejan a medias por tfno o whatsapp.... mejor no!
Cada cual atrae lo que es, no lo que desea.
