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Certificado del título
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belen900
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Certificado del título
Hola pireros, a ver si alguien puede solucionarme esto, acabo de leer la convocatoria del pir y pone que hay que entregar un certificado del titulo y que ya no vale el del pago de las tasas... ¿es asi?...
Gracias
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- Solebo
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Re: Certificado del título
Es como siempre. Lo que comentas no lo he leído por ningún lado, te paso el enlace.
http://sis.msssi.es/fse/PaginasDinamica ... 8&cDocum=5
http://sis.msssi.es/fse/PaginasDinamica ... 8&cDocum=5
"Malditas sean las guerras y los canallas que las hacen" (Julio Anguita)
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belen900
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Re: Certificado del título
3. Copia auténtica del título de Licenciado/Graduado o de la Resolución de reconocimiento, homologación o equivalencia en el caso de títulos obtenidos en el extranjero.
En caso de no tener aun el título, se aportará copia auténtica de la certificación supletoria provisional sustitutiva del mismo (NOVEDAD CONVOCATORIA 2017/2018 sustituye al recibo de abono de las tasas para expedición del título).
Lo he leido aqui.
En caso de no tener aun el título, se aportará copia auténtica de la certificación supletoria provisional sustitutiva del mismo (NOVEDAD CONVOCATORIA 2017/2018 sustituye al recibo de abono de las tasas para expedición del título).
Lo he leido aqui.
- Solebo
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Re: Certificado del título
Llama a Madrid y les preguntas mañana y así te curas en salud.
Copia auténtica del título de Licenciado/Grado/Diplomado, o del recibo de abono de las tasas para la expedición del mismo, o la resolución de reconocimiento, homologación o certificación de equivalencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el caso de títulos obtenidos en el extranjero.
Copia auténtica del título de Licenciado/Grado/Diplomado, o del recibo de abono de las tasas para la expedición del mismo, o la resolución de reconocimiento, homologación o certificación de equivalencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el caso de títulos obtenidos en el extranjero.
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Re: Certificado del título
Es más, hay compañeros que han acabado en septiembre que NO tienen el título y están presentando el resguardo de las tasas.
Mejor llama a Madrid si es la 1ª vez que te presentas
Mejor llama a Madrid si es la 1ª vez que te presentas
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belen900
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Re: Certificado del título
Lo lei en el foro, por eso lo pregunte porque yo creía que era como todos los años, con la hoja del abono de tasas para los que no tienen aun el titulo. ¡Que lio!
- Solebo
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Re: Certificado del título
No te preocupes, ya verás como puedes solucionarlo. 
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Re: Certificado del título
Léelo tú misma, a ver qué te parece
http://sis.msssi.es/fse/PaginasDinamica ... 8&cDocum=6
Copia auténtica del título de licenciatura, diplomatura o grado, o del recibo de abono de las tasas para la expedición del mismo, o la resolución de reconocimiento, homologación o certificación de equivalencia, en el caso de títulos obtenidos en el extranjero. Si NO se aporta este documento junto con la instancia, supondrá la NO ADMISIÓN al examen. Podrá subsanar y aportar el documento, en el plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días a partir del siguiente al de su exhibición pública (14/11/2017), siempre que hubiera obtenido el título o equivalente, como fecha tope, el último día de presentación de solicitudes (28 de septiembre de 2017). Es decir, que el abono de los derechos de expedición del título en el caso de los españoles, o la Resolución de homologación, reconocimiento o equivalencia en el caso de los extranjeros, deben tener fecha igual o anterior al día 28 de septiembre de 2017.
http://sis.msssi.es/fse/PaginasDinamica ... 8&cDocum=6
Copia auténtica del título de licenciatura, diplomatura o grado, o del recibo de abono de las tasas para la expedición del mismo, o la resolución de reconocimiento, homologación o certificación de equivalencia, en el caso de títulos obtenidos en el extranjero. Si NO se aporta este documento junto con la instancia, supondrá la NO ADMISIÓN al examen. Podrá subsanar y aportar el documento, en el plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días a partir del siguiente al de su exhibición pública (14/11/2017), siempre que hubiera obtenido el título o equivalente, como fecha tope, el último día de presentación de solicitudes (28 de septiembre de 2017). Es decir, que el abono de los derechos de expedición del título en el caso de los españoles, o la Resolución de homologación, reconocimiento o equivalencia en el caso de los extranjeros, deben tener fecha igual o anterior al día 28 de septiembre de 2017.
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