Complicado.
Se me ocurren dos intentos desesperados
:
1) En el hilo de discusión hablan de lo que se incluye, pero no se indica explícitamente que NO haya que incluir en un contrato las recompensas externas. No he revisado la fuente original para ver si dice más; no la tengo.
2) Coger otros manuales (Olivares, Ruiz, Labrador) ir al tema donde hable de contratos conductuales, buscar donde se dice que se pueden incluir menciones a recompensas externas y meter eso. Evidentemente no vamos a encontrarlo para el caso del bipolar en concreto, pero como he dicho ya en otra pregunta, cosas mucho más raras estoy viendo intentar impugnar.
Sería tratar de anularla, más que cambio de respuesta. El cambio de respuesta es totalmente imposible, fijo.
Voy a echar un vistacillo al Olivares y Ruiz