ABVG escribió: Una vez que se tiene el certificado y la declaración jurada... ¿Hay que llevarla al banco a que te la sellen o directamente se entrega en subdelegación?
La entregas en la Subdelegación del Gobierno, al Banco sólo vas si pagas las tasas
Copio del BOE:
Cuando el interesado, según lo previsto en el apartado 5.b) de la base V, sea demandante de empleo y reúna los requisitos previstos en la citada base, estando por ello exento del pago de la tasa de derechos de examen, la validación por la entidad financiera colaboradora se sustituirá por la certificación expedida por la correspondiente oficina del Servicio Público Estatal de Empleo, o entidad asimilada en la respectiva comunidad autónoma, a la que se unirá la declaración jurada o promesa escrita del solicitante sobre las rentas percibidas en los términos previstos en la mencionada base.