No sé, igual soy un poco bobo
Modelo de Jones y Davis.
Moderador: Solebo
Modelo de Jones y Davis.
Dentro de este modelo (de inferencias correspondientes) ¿alguien me puede explicar el principio de los efectos comunes?, por más que lo leo no entiendo nada. "u perceptor realiza una inferencia correspondiente (atribución a la persona) cuando la acción elegida tienepocas consecuencias relativamente únicas o no comunes"
No sé, igual soy un poco bobo
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- Cristormor
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Hola Ivan! De bobo nada!
Esta es una de las teorías que siempre me han traido por la calle de la amargura, porque por más que la leo, no consigo entenderla del todo...
De todos modos, te aporto mi granito de arena, a ver si entre varios, conseguimos descifrar el enigma! ://13
...
Lo de la atribución a las disposiciones, yo lo entiendo como:
El perceptor realiza una inferencia correspondiente (es decir, una atribución a la persona), cuando la acción elegida por el actor, tiene pocas consecuencias específicas (únicas o no comunes).
Es decir, si las acciones se diferencian en sólo una cosa, esto lo puedo utilizar para inferir algo (que la persona lo ha elegido por sus características personales)...
Por ej. los comportamientos poco deseables, facilitan las inferencias correspondientes (aportan más información sobre las características de la persona)...
Si alguien lleva a cabo un acto poco común, tnderemos a atribuir ese acto a la persona...
No se si me he explicado...
Yo es como lo entiendo, pero vamos, que tpco es una explicación para tirar cohetes... ://13
Esta es una de las teorías que siempre me han traido por la calle de la amargura, porque por más que la leo, no consigo entenderla del todo...
De todos modos, te aporto mi granito de arena, a ver si entre varios, conseguimos descifrar el enigma! ://13
Lo de la atribución a las disposiciones, yo lo entiendo como:
El perceptor realiza una inferencia correspondiente (es decir, una atribución a la persona), cuando la acción elegida por el actor, tiene pocas consecuencias específicas (únicas o no comunes).
Es decir, si las acciones se diferencian en sólo una cosa, esto lo puedo utilizar para inferir algo (que la persona lo ha elegido por sus características personales)...
Por ej. los comportamientos poco deseables, facilitan las inferencias correspondientes (aportan más información sobre las características de la persona)...
Si alguien lleva a cabo un acto poco común, tnderemos a atribuir ese acto a la persona...
No se si me he explicado...
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"La verdadera grandeza no se mide por lo que alcanzas, sino por lo que superas"[/align]

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- angy
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Re: Modelo de Jones y Davis.
Espero no cagarla con la explicación porque no me acuerdo bien, pero lo voy a intentar.IVANPSI escribió:"u perceptor realiza una inferencia correspondiente (atribución a la persona) cuando la acción elegida tienepocas consecuencias relativamente únicas o no comunes"
Imagina que tienes que elegir entre dos alternativas (ir al Caribe o al cine, sin tener en cuenta lo que cuestan eh). En este caso elegir el Caribe no te dice muchas características del que decide, todos lo haríamos. En cambio, si la elección es entre ir al cine o ir a cenar la elección que haga alguien nos puede decir algo más sobre su persona.
Pocos efectos no comunes se refiere a que la elección tiene pocas consecuencias específicas, vamos que ir al Caribe es un efecto no común, tendría muchas consecuencias específicas, comparándolo con el cine. Lo que necesitamos para atribuir la elección a la persona es que los efectos no comunes sean poquitos, vamos que las dos elecciones tengan características comunes (similares) y que elijamos por nuestra forma de ser.
Creo que, como siempre, me he explicado un poco mal, pero bueno a lo mejor te sirve.
- Cristormor
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La verdad es que la teoría se las trae!
Puedes optar por aprenderte de memoria: Pocas consecuencias no comunes>Inferencia correspondiente...
De todos modos, a mi me mosquea esta parte de la teoría...
Por ej:
Según Jones & Davis, solucionamos esto focalizándonos en cierto tipo de acciones, aquellas que proporcionen posiblemente mayor información:
• Consideramos conductas que parecen haber sido escogidas libremente.
• Damos atención a conductas que producen efectos no comunes, que pueden ser logrado por una acción y no por otra.
• Nos fijamos en conductas que son inusuales o bajas en deseabilidad social.
En resumen, podremos hacer inferencias correspondientes cuando
La conducta:
• Ocurre por libre elección
• Produce efectos distintivos, no comunes
• Es baja en deseabilidad social
Jones y Davis Mencionan acerca de tres características principales en el proceso de inferencia, en el cual se explica la conducta del individuo a partir de la conducta observada: 1) Los efectos no comunes de la acción, conductas que cambian y que no son las que no entran dentro de las actividades realizadas normalmente, 2) Las expectativas sobre el actor, que observan cuando el actor esta realizando conductas antinormativas o poco deseables socialmente.
Según esto, no sería con muchos (en vez de con pocos) efectos no comunes?
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- Asakamaya
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Sí, Cris, pero yo diría que está mal. La verdad es que esto es algo que se discute todos los años, porque creo que alguna fuente no lo tiene bien puesto (no sé si será algún libro o algún apunte). Lo que sí puedo decir es que CEDE e IBACS coinciden:
POCOS efectos NO comunes --> Inferencia correspondiente.
Además es que tiene lógica. Si una persona realiza una conducta totalmente atípica en ella es porque tiene unas características muy específicas (nada comunes) y la persona realiza tal conducta por las características de la situación, no por su personalidad.
P.ej. yo soy una vaga y nunca hago ejercicio ni deporte. Pero de pronto me veis todas las tardes que me voy a correr
Es una elección poco propia de mí y tiene unas características (o unos efectos) poco comunes con lo que yo suelo hacer. ¿Y entonces por que estoy haciendo esto? ¿por mi personalidad luchadora y deportista? Pues no, lo hago porque en los análisis me ha salido el colesterol alto ://13 . Es decir, como es una situación con MUCHOS efectos NO comunes, no puedo hacer la inferencia correspondiente a mi disposición interna o personalidad, sino que hay que achacar esa conducta a la situación.
POCOS efectos NO comunes --> Inferencia correspondiente.
Además es que tiene lógica. Si una persona realiza una conducta totalmente atípica en ella es porque tiene unas características muy específicas (nada comunes) y la persona realiza tal conducta por las características de la situación, no por su personalidad.
P.ej. yo soy una vaga y nunca hago ejercicio ni deporte. Pero de pronto me veis todas las tardes que me voy a correr
- Cristormor
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jajaja...Asakamaya escribió: Es decir, como es una situación con MUCHOS efectos NO comunes, no puedo hacer la inferencia correspondiente a mi disposición interna o personalidad, sino que hay que achacar esa conducta a la situación.
Si yo ya la entendía!
Esto de dar vueltas a las cosas a veces es contraproducente... Es que me he vuelto a liar!
A ver, según dices en esa frase...por qué dices que esa situación tiene muchos efectos NO comunes? Si las únicas variables que hay son colesterol o ser deportista?
Mi pregunta es...en este caso concreto...por qué son MUCHOS...y por qué son NO COMUNES?
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- Asakamaya
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Pues lo de MUCHOS me lo he sacado un poco de la manga, jejejeee. En cualquier caso hay una característica muy poco común en mí (o un efecto poco común) que es que raramente me apetece hacer deporte
y como es tan poco frecuente ya sólo ese efecto va a valer por 10, ea!
Y lo de POCO común, me refiero a que no me caracteriza en nada y por lo tanto NO TIENE NADA EN COMÚN (o muy poco) con el resto de mis conductas y elecciones.
Por tanto:
Conducta con MUCHOS EFECTOS NO COMUNES = Conducta con CARACTERÍSTICAS NADA TÍPICAS respecto a lo que yo haría (nada en común con el resto de mis conductas)
Y lo de POCO común, me refiero a que no me caracteriza en nada y por lo tanto NO TIENE NADA EN COMÚN (o muy poco) con el resto de mis conductas y elecciones.
Por tanto:
Conducta con MUCHOS EFECTOS NO COMUNES = Conducta con CARACTERÍSTICAS NADA TÍPICAS respecto a lo que yo haría (nada en común con el resto de mis conductas)
Bueno, yo no es por rizar el rizo jejejeje pero para entenderlo yo me lo simplifico así:
La teoría esta de las Inferencias Correspondientes, lo primero que dice es que debemos suponer, o ver de alguna forma, que hay INTENCION por parte de la persona, es decir que la persona hace lo que hace porque quiere hacerlo; ya que lo que trata de buscar es ATRIBUCIONES INTERNAS a la persona, (vamos que haces lo que haces porque eres proclive a ello, te mola ://13 ).
Luego para atribuir disposicion/inferencias correspondientes/internalidad (llamalo como quieras) tiene que cumplirse los efectos no comunes, deseabilidad social, relevancia hedonica y personalismo.
EFECTOS NO COMUNES: algo que te diferencia de los demás (no es común a nadie más que a ti) vamos, la única razon que te sirve para describir a alguien, ya que lo que buscaban estos autores era HACER ATRIBUCIONES INTERNAS; y si solo te describe a tí, pues es por causas internas.
xej: si haces deporte, y solo tú lo haces de tus amigos (eso te diferencia de ellos) es un efecto no común TUYO, se podría atribuir que tienes disposición al deporte, lo haces por una causas interna.
¿me he explicado?
SALUDOS
La teoría esta de las Inferencias Correspondientes, lo primero que dice es que debemos suponer, o ver de alguna forma, que hay INTENCION por parte de la persona, es decir que la persona hace lo que hace porque quiere hacerlo; ya que lo que trata de buscar es ATRIBUCIONES INTERNAS a la persona, (vamos que haces lo que haces porque eres proclive a ello, te mola ://13 ).
Luego para atribuir disposicion/inferencias correspondientes/internalidad (llamalo como quieras) tiene que cumplirse los efectos no comunes, deseabilidad social, relevancia hedonica y personalismo.
EFECTOS NO COMUNES: algo que te diferencia de los demás (no es común a nadie más que a ti) vamos, la única razon que te sirve para describir a alguien, ya que lo que buscaban estos autores era HACER ATRIBUCIONES INTERNAS; y si solo te describe a tí, pues es por causas internas.
xej: si haces deporte, y solo tú lo haces de tus amigos (eso te diferencia de ellos) es un efecto no común TUYO, se podría atribuir que tienes disposición al deporte, lo haces por una causas interna.
¿me he explicado?
SALUDOS
- Asakamaya
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Coco, respecto a esta última parte el problema es que los autores lo dicen justamente al revés. Con tu ejemplo tendríamos que decir que a MÁS efectos NO comunes (más detalles particulares tuyos), más atribución a la disposición interna... pero es lo contrario: cuantos MENOS efectos NO comunes, más atribución a la disposición interna.si haces deporte, y solo tú lo haces de tus amigos (eso te diferencia de ellos) es un efecto no común TUYO, se podría atribuir que tienes disposición al deporte, lo haces por una causas interna.
Es mejor ponerse en una situación de elección para verlo mejor. Si tienes que elegir entre dos alternativas que se parecen mucho a lo que tú sueles hacer (p.ej. comerte un bizcocho o una madalena), ambas alternativas son muy parecidas, tienen muchos efectos comunes y muy pocos diferenciadores (ambas cosas son dulces, se pueden mojar en la leche, son comida para el desayuno, etc), por lo tanto tienen POCOS efectos diferenciadores o NO COMUNES. Como apenas hay diferencia entre ellas ¿qué te lleva a elegir entre una y otra? Pues tu disposición interna. Porque eres más madalenera que otra cosa
Sin embargo, si entre las dos alternativas hay MUCHOS efectos NO COMUNES, p.ej. comerse una madalena o irse a correr, dos cosas que no tienen nada que ver una cosa con la otra, probablemente tu elección se deba a las circunstancias del momento. Elegirás la madalena si es la hora del desayuno, o te irás a correr si un amigo te lo ha pedido para que le hagas compañía, es decir, será atribuido a la situación.
Por tanto, a MENOS efectos diferenciadores o no comunes, mayor atribución a la disposición.
Última edición por Asakamaya el Vie Abr 04, 2008 12:04 am, editado 1 vez en total.
- Cristormor
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Entonces porque pone esto en estos libros, siento reabrir el tema pero esque es una locura:Asakamaya escribió: POCOS efectos NO comunes --> Inferencia correspondiente.
POCOS efectos COMUNES ---> inferencia correspondiente
[web]http://books.google.es/books?id=tKYnYHe ... &ct=result[/web][web]http://books.google.es/books?id=gL3BZBQ ... &ct=result[/web]
¡Suerte en la adjudicación!