Creo que ya hay un hilo para impugnar esta pregunta, igual estoy confundida. voy a mirarlo.
igual era en el hilo de la pregunta donde hemos estado hablandolo
A mi me pasó igual... Supongo que si encontramos en algún sitio otra temporalidad de sesiones (más de una o menos de una a la semana) ya podríamos tener material para impugnar, dado que ya no serian 4 sesiones... A mí me resultó muy confusa la pregunta.
he econtrado algo interesante:
En el pretratamiento se hacen explícitos una serie de acuerdos básicos para el buen funcionamiento de la terapia, tanto por parte del paciente como del terapeuta. En primer lugar se establece un compromiso de asistir a terapia durante un año, que puede renovarse anualmente. Al final del año se evalúa el progreso y se determina si continuar o no. Asimismo se establece un compromiso de asistencia a las sesiones. Si se falta a más de cuatro sesiones seguidas sin una causa justificada, se da por terminada la terapia hasta la finalización del contrato, momento en el que se volverá a negociar la admisión.
La primera fase del tratamiento tiene una duración de un año y ahí se llevan a cabo las metas principales del tratamiento utilizando terapia individual, terapia de grupo y consultas telefónicas:[...] Se establece una sesión individual y una sesión de grupo a la semana y las consultas telefónicas se utilizan entre sesiones principalmente para ayudar al paciente a generalizar las habilidades y estrategias aprendidas en terapia a la vida cotidiana.
Por lo tanto, el primer año son dos sesiones a la semana, con 4 sesiones estas excluido, lo que son 2 semanas.
I.ggg escribió:he econtrado algo interesante:
En el pretratamiento se hacen explícitos una serie de acuerdos básicos para el buen funcionamiento de la terapia, tanto por parte del paciente como del terapeuta. En primer lugar se establece un compromiso de asistir a terapia durante un año, que puede renovarse anualmente. Al final del año se evalúa el progreso y se determina si continuar o no. Asimismo se establece un compromiso de asistencia a las sesiones. Si se falta a más de cuatro sesiones seguidas sin una causa justificada, se da por terminada la terapia hasta la finalización del contrato, momento en el que se volverá a negociar la admisión.
La primera fase del tratamiento tiene una duración de un año y ahí se llevan a cabo las metas principales del tratamiento utilizando terapia individual, terapia de grupo y consultas telefónicas:[...] Se establece una sesión individual y una sesión de grupo a la semana y las consultas telefónicas se utilizan entre sesiones principalmente para ayudar al paciente a generalizar las habilidades y estrategias aprendidas en terapia a la vida cotidiana.
Por lo tanto, el primer año son dos sesiones a la semana, con 4 sesiones estas excluido, lo que son 2 semanas.
¿De qué manual es eso? Para usarlo en la impugnación
Es de un articulo de internet
me imagino que en una de estas dos referencias podria venir pero no tengo los libros...
Linehan, M. M. (1993a). Cognitive-Behavioral Treatment of Borderline Personality Disorder. New York: Guilford Press.
Linehan, M. M. (1993b). Skills training manual for treating Borderline Personality Disorder.
New York: Guilford Press. Tradución al castellano por Paidós (2003).
Tengo el libro de linehan y he encontrado esto. y así es como voy a impugnarlo, para que lo useis vosotros:
V0 188
Propongo anulación debido a dos opciones correctas, la 1 y la 2. En la imagen adjunta se señala que “perderse cuatro sesiones consecutivas” también es motivo de exclusión de la terapia. Dado que en este mismo manual, en la pág 63, se explicita que “todos los clientes deben seguir una terapia individual” junto a la grupal, ambas de mínimo 1 sesión a la semana. Por lo tanto, estaríamos hablando que la ausencia de cuatro sesiones, conlleva en total 2 SEMANAS teniendo en cuenta el módulo individual y el grupal.
Titulo: Manual de tratamiento de los trastornos de personalidad límite
Autor: Marsha M. Linehan
Editorial: Paidós
Año edicion: 2003
Pagina: 105
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maraparuiz escribió:Tengo el libro de linehan y he encontrado esto. y así es como voy a impugnarlo, para que lo useis vosotros:
V0 188
Propongo anulación debido a dos opciones correctas, la 1 y la 2. En la imagen adjunta se señala que “perderse cuatro sesiones consecutivas” también es motivo de exclusión de la terapia. Dado que en este mismo manual, en la pág 63, se explicita que “todos los clientes deben seguir una terapia individual” junto a la grupal, ambas de mínimo 1 sesión a la semana. Por lo tanto, estaríamos hablando que la ausencia de cuatro sesiones, conlleva en total 2 SEMANAS teniendo en cuenta el módulo individual y el grupal.
Titulo: Manual de tratamiento de los trastornos de personalidad límite
Autor: Marsha M. Linehan
Editorial: Paidós
Año edicion: 2003
Pagina: 105
Marapa gracias por la referencia! también lo impugnaré por ahí. Pero no deberíamos incluir la pág 63 que comentas? En el manual de Ruiz y Villalobos también se comenta que hay una sesión individual y grupal por semana.
Cierto, es que no la he incluido porque simplemente era el titulo. y es en la 236 donde sale más claro. porque en este libro no sale explicitamente lo de 1 individual y 1 grupal, como sí sale en el Ruiz, así que igual para eso sería mejor añadir esa referencia del Ruiz, no? lo teneis por ahi?
os la subo de todas formas, pero no me parece que aporte nada muy importante.
(joder, no me deja subirlo. ya van en dos preguntas que no me deja subirlo y me pone: Disculpe, la cuota de adjuntos del Sitio está a tope. sabeis que significa?) si en un rato sigue sin dejarme, lo subiré a la aplicacion de impugnaciones de APIR
maraparuiz escribió:(joder, no me deja subirlo. ya van en dos preguntas que no me deja subirlo y me pone: Disculpe, la cuota de adjuntos del Sitio está a tope. sabeis que significa?) si en un rato sigue sin dejarme, lo subiré a la aplicacion de impugnaciones de APIR
Hay una cuota de adjuntos asignada para todos los usuarios, es posible que te hayas excedido. Inténtalo de nuevo y me dices.
Qué quieres subir?? Dime por si acaso puedo hacerlo yo
"Malditas sean las guerras y los canallas que las hacen" (Julio Anguita)
maraparuiz escribió:Tengo el libro de linehan y he encontrado esto. y así es como voy a impugnarlo, para que lo useis vosotros:
V0 188
Propongo anulación debido a dos opciones correctas, la 1 y la 2. En la imagen adjunta se señala que “perderse cuatro sesiones consecutivas” también es motivo de exclusión de la terapia. Dado que en este mismo manual, en la pág 63, se explicita que “todos los clientes deben seguir una terapia individual” junto a la grupal, ambas de mínimo 1 sesión a la semana. Por lo tanto, estaríamos hablando que la ausencia de cuatro sesiones, conlleva en total 2 SEMANAS teniendo en cuenta el módulo individual y el grupal.
Titulo: Manual de tratamiento de los trastornos de personalidad límite
Autor: Marsha M. Linehan
Editorial: Paidós
Año edicion: 2003
Pagina: 105
hola marapa, en ese mismo libro no viene en ninguna parte lo de que es dos sesiones a la semana? una individual y una grupal?
Otra cosa, vais a pedir cambio a la 2 o anulacion?