Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Tus dudas y comentarios sobre la convocatoria 2013

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Solebo
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Solebo »

maria-D28 escribió:Hola, soy de Andalucía, alguien podría decirme si a través de internet, en el espacio de la oficina virtual de empleo se puede solicitar el papel necesario para la exención de tasas
maria-D28, la Declaración Jurada la tienes en el 1er mensaje del siguiente hilo del año pasado.

viewtopic.php?f=54&t=22232
No he tenido tiempo de mirar el BOE y no sé si ha cambiado... puedes llamar a Madrid para asegurarte. El teléfono lo tienes en el primer mensaje de este mismo hilo. ;)

El otro día me metí en la oficina virtual del Inem y NO encontré nada, tampoco me paré mucho que digamos, pero seguro que se puede hacer a través de internet. Si no es así siempre te queda la opción de ir personalmente a la oficina más cercana.
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Solebo »

He editado el primer mensaje del hilo para actualizarlo ;)
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Viktor
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Viktor »

Hola, he estado leyendo y tengo un poco de lio. Sobre la declaración jurada, me he ido a la página que indica Solebo, y me descarge el pdf. ¿Seguirá valiendo, no? Ahora la duda sobre el certificado de la oficina de empleo, voy al sitio y les pido alli el papel, o lo tengo que buscar por internet como he leido algunos mensajes por aquí. Y por asegurarme, lo pregunto, yo como me presente el examen pasado, solo tendría que llevar la fotocopia compulsada del DNI, y como me libro de las tasas porque llevo como desempleado mucho tiempo, sería llevar la declaración jurada y el certificado del INEM, y no el formulario 790, y tampoco el expediente ni certificación académica con las notas, cierto,¿no?. Gracias por las respuestas.
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Solebo
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Solebo »

Viktor, en el primer mensaje de este hilo tienes la Declaración Jurada, lo que he dicho es que convendría asegurarse de que sigue tal cual para este año. Yo diría al 99,99% que sí, pero no quiero pillarme los dedos... por eso he sugerido que llaméis a Madrid. :smt023
De entrada te digo que si tuviera que presentarlo lo presentaría sin más... es cuestión de que te leas el BOE. :13

El certificado del Inem puedes sacarlo por Internet pero dado que en algunas ciudades parece que hay problemas para obtenerlo NO cuesta ningún trabajo acercarse a la oficina más cercana y que te lo den. :-D

Para el resto de tus dudas lee las páginas 223 a 226 del BOE. Ahí tienes el modelo 790 y las instrucciones para su cumplimentación. ;)

http://www.boe.es/boe/dias/2013/09/23/p ... 3-9826.pdf

Léelo despacio porque NO es obligatorio que presentes el DNI :rolleyes:
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Viktor
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Viktor »

Gracias por tu respuesta SOlebo. :smt023
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Alella
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Alella »

Acabo de llamarles y me han confirmado que vale el modelo del año pasado, que está perfecto. Y que para el certificado del inem, lo importante es que venga la fecha de alta y que sea mínimo un mes antes a la salida del BOE, que lo de informe negativo de rechazos, a priori, da igual; que lo importante es la fecha y que no estés percibiendo ingresos superiores al salario mínimo interprofesional. Duda resuelta ^^

Ah, y me ha asegurado que los "problemas que hubo el año pasado de gente a la que rechazaron la solicitud" fue porque "no habían entregado la declaración jurada, llevaban menos de 1 mes inscritos, o la fecha del informe era previa a la salida del BOE". Me quedo más tranquilo ^^
Última edición por Alella el Mar Sep 24, 2013 1:28 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por srtadesconocida »

Muchas gracias por compartir vuestras dudas resueltas!!!! :supz: :supz: :supz:
Cada cual atrae lo que es, no lo que desea.
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Dieguito »

Mil gracias por exponer lo que os van diciendo desde el Ministerio para ayudar así a otros compañeros!!! ;)
"No te prometo que lo intentaré pero intentaré intentarlo" :smt026 :smt026 :smt026
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por maria-D28 »

Gracias!!!!!!
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Cristormor »

Alella escribió:He llamado al Ministerio y me han dicho que con presentar uno en el que venga que no estás cobrando el paro y que estás inscrito como demandante, vale. Como mínimo hay que estar inscrit@ desde el 23 de AGOSTO.
Vale, si te han dicho esa fecha, me da que otro año que no me libro de pagar las tasas! :Hangman:
Se me pasó la fecha de renovación y me volvieron a inscribir el 28 de agosto...
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Solebo »

Cris, te lo he puesto en el otro hilo. Tienes que estar inscrita 1 mes para acogerte a la exención de tasas ;)
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Cristormor »

Gracias Sole!
Me acercaré a preguntar si efectivamente me dieron de baja por no renovarlo en el plazo...
He intentado buscar en la página onlina desde cuándo figuro de alta, pero no encuentro esa opción.
[align=center]Imagen Imagen
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Solebo »

Si no lo has renovado has perdido como poco la antigüedad ;)
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por Cristormor »

Solebo escribió:Si no lo has renovado has perdido como poco la antigüedad ;)
Sí lo renové, pero después de la fecha que me tocaba...y estoy inscrita de nuevo desde el 28 de agosto...es decir, menos de un mes
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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Mensaje por karmay1477 »

Tenía la duda si tenía que ir al banco o no, aunque NO tenga que pagar la tasa de derechos de examen. Según esto NO hay que ir al banco.

"Cuando el interesado, según lo previsto en el apartado 5.b) de la base V, sea
demandante de empleo y reúna los requisitos previstos en la citada base, estando por
ello exento del pago de la tasa de derechos de examen, la validación por la entidad
financiera colaboradora se sustituirá por la certificación expedida por la correspondiente
oficina del Servicio Público de Empleo Estatal, o entidad asimilada en la respectiva
comunidad autónoma, a la que se unirá la declaración jurada o promesa escrita del
solicitante sobre las rentas percibidas en los términos previstos en la mencionada base" (BOE, 2013)

¿He oído por ahí un "gracias, tenía la misma duda"...? .. sí.. espero... mi autoestima está en juego (hecho sin intención de rima)
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