Plazas para aspirantes con/sin discapacidad
Publicado: Mié Feb 06, 2013 10:30 pm
Hola PIRad@s!
He estado leyendo en el BOE la información relativa a la adjudicación de plazas para personas con y sin discapacidad, y no llego a entender cómo quieren hacerlo. Copio textualmente lo que dice el BOE:
<< 3. Para dar cumplimento a las medidas de acción positiva previstas en el artículo
22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, y en el Acuerdo de Consejo de 13 de julio de
2012, las personas con discapacidad comenzarán la elección de plaza junto con las
personas que participan por el turno ordinario. No obstante, los actos de adjudicación de
cada titulación, se suspenderán para las personas que participen por el turno ordinario,
cuando todavía queden participantes con discapacidad sin plaza y resten por adjudicar un
número de éstas, que sumadas a las ya adjudicadas por este turno, permita ofertar en
esta convocatoria las que se indican, para cada titulación y turno, en el apartado primero
de esta orden.
Cuando, concluido el llamamiento a personas con discapacidad, queden plazas
vacantes éstas se acumularán al turno libre de esta convocatoria, reanudándose los actos
de adjudicación de plazas por el turno ordinario mediante un nuevo llamamiento que, se
publicará, exclusivamente, en la pagina Web del Ministerio de Sanidad Servicios Sociales
e Igualdad (http//www.msssi.es-opción profesionales-opción convocatoria actual). >>
Lo he sacado de la web del Ministerio, el enlace del BOE es: http://www.boe.es/boe/dias/2012/09/22/p ... -11914.pdf
¿Eso significa que los que acreditaron discapacidad escogen en primer lugar independientemente de su puntuación? O no tiene efectos en el orden de adjudicación?
A ver si alguien sabe como va! Y mucha suerte a todo el mundo!! :-)
He estado leyendo en el BOE la información relativa a la adjudicación de plazas para personas con y sin discapacidad, y no llego a entender cómo quieren hacerlo. Copio textualmente lo que dice el BOE:
<< 3. Para dar cumplimento a las medidas de acción positiva previstas en el artículo
22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, y en el Acuerdo de Consejo de 13 de julio de
2012, las personas con discapacidad comenzarán la elección de plaza junto con las
personas que participan por el turno ordinario. No obstante, los actos de adjudicación de
cada titulación, se suspenderán para las personas que participen por el turno ordinario,
cuando todavía queden participantes con discapacidad sin plaza y resten por adjudicar un
número de éstas, que sumadas a las ya adjudicadas por este turno, permita ofertar en
esta convocatoria las que se indican, para cada titulación y turno, en el apartado primero
de esta orden.
Cuando, concluido el llamamiento a personas con discapacidad, queden plazas
vacantes éstas se acumularán al turno libre de esta convocatoria, reanudándose los actos
de adjudicación de plazas por el turno ordinario mediante un nuevo llamamiento que, se
publicará, exclusivamente, en la pagina Web del Ministerio de Sanidad Servicios Sociales
e Igualdad (http//www.msssi.es-opción profesionales-opción convocatoria actual). >>
Lo he sacado de la web del Ministerio, el enlace del BOE es: http://www.boe.es/boe/dias/2012/09/22/p ... -11914.pdf
¿Eso significa que los que acreditaron discapacidad escogen en primer lugar independientemente de su puntuación? O no tiene efectos en el orden de adjudicación?
A ver si alguien sabe como va! Y mucha suerte a todo el mundo!! :-)