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Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Publicado: Sab Sep 29, 2012 2:23 pm
por Solebo
ABVG escribió: Una vez que se tiene el certificado y la declaración jurada... ¿Hay que llevarla al banco a que te la sellen o directamente se entrega en subdelegación?

La entregas en la Subdelegación del Gobierno, al Banco sólo vas si pagas las tasas ;)

Copio del BOE:


Cuando el interesado, según lo previsto en el apartado 5.b) de la base V, sea demandante de empleo y reúna los requisitos previstos en la citada base, estando por ello exento del pago de la tasa de derechos de examen, la validación por la entidad financiera colaboradora se sustituirá por la certificación expedida por la correspondiente oficina del Servicio Público Estatal de Empleo, o entidad asimilada en la respectiva comunidad autónoma, a la que se unirá la declaración jurada o promesa escrita del solicitante sobre las rentas percibidas en los términos previstos en la mencionada base.

Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Publicado: Sab Sep 29, 2012 5:16 pm
por ABVG
Muchas gracias Sole!!

:prayer: :prayer: :prayer: Eres nuestra salvación!!

Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Publicado: Sab Sep 29, 2012 6:01 pm
por Solebo
Imagen
Tierra trágame :smt095 ABVG, qué exagerá xDD :prayer:

Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Publicado: Lun Oct 01, 2012 11:59 am
por Isaidin
Hola tengo una duda nueva que añadir al hilo.

A ver en la declaración jurada, lo que "juras" es que no tienes ingresos mayores al salario mínimo interprofesional ( que no llega a 700 euros), Mi pregunta es si estás cobrando el paro y cobras más que eso dejas de estar exento????

O lo que es lo mismo no basta con estar en paro si no que tienes que ser de los más desgraciados??

Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Publicado: Lun Oct 01, 2012 3:54 pm
por Solebo
Isaidin escribió:si estás cobrando el paro y cobras más que eso dejas de estar exento????
Supongo que sí, pero no te lo puedo asegurar. ;)

Para tranquilidad tuya te sugiero que llames a Madrid.

Teléfono 91 596 11 81

Horario: de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Publicado: Jue Oct 04, 2012 9:15 pm
por Angelus
pues yo no he presentado la declaración jurada, sólo el certificado del INEM, estaré excluida, a ver si lo puedo solucionar cuando publiquen las listas provisinales.

Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Publicado: Jue Oct 04, 2012 9:25 pm
por Solebo
Angelus, en el supuesto de que vengas excluida seguro que lo puedes solucionar en el plazo de reclamaciones. ;)

Ains, cómo no has leído el primer mensaje de este mismo hilo :roll: pero si colgamos incluso la Declaración Jurada, chiquilla :rolleyes:

http://www.foropir.es/foropir/viewtopic ... 54&t=22232

Re: Exención de tasas de examen (Declaración Jurada)

Publicado: Jue Oct 11, 2012 1:15 pm
por Angelus
Solebo escribió:Angelus, en el supuesto de que vengas excluida seguro que lo puedes solucionar en el plazo de reclamaciones. ;)

Ains, cómo no has leído el primer mensaje de este mismo hilo :roll: pero si colgamos incluso la Declaración Jurada, chiquilla :rolleyes:

http://www.foropir.es/foropir/viewtopic ... 54&t=22232
Es que es la primera vez que me presento y encontré este foro después de inscribirme, voy muy despitada y perdida todavía