Compañeros abrimos este hilo para informaros sobre la exención de tasas de examen.
Para la exención de tasas de examen hay que presentar:
- Una DECLARACIÓN JURADA .
- Un CERTIFICADO DE LA OFICINA DE EMPLEO acreditativo de una antigüedad superior al mes, a fecha de publicación de la convocatoria, como demandante de empleo, así como de no haber rechazado oferta de empleo adecuado, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
Copio del BOE (22-9-2012), páginas 10 y 16.
Cuando el interesado, según lo previsto en el apartado 5.b) de la base V, sea demandante de empleo y reúna los requisitos previstos en la citada base, estando por ello exento del pago de la tasa de derechos de examen, la validación por la entidad financiera colaboradora se sustituirá por la certificación expedida por la correspondiente oficina del Servicio Público Estatal de Empleo, o entidad asimilada en la respectiva comunidad autónoma, a la que se unirá la declaración jurada o promesa escrita del solicitante sobre las rentas percibidas en los términos previstos en la mencionada base.
5. Estarán exentos del pago de la tasa de derechos de examen:
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de estas pruebas selectivas. Serán requisitos para el disfrute de la exención, que el demandante de empleo, en el plazo anteriormente citado, no hubiera rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hubiera negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezca de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en los términos expuestos, se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público Estatal de Empleo o entidad asimilada en la respectiva comunidad autónoma. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud
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"Malditas sean las guerras y los canallas que las hacen" (Julio Anguita)
El certificado del INEM que fecha debe tener? Es decir, tiene que estar dentro del plazo de presentacion de instancias (des del 25/9) o eso da igual...
Es que pensaba ir el lunes 24 al inem y pedirlo...
Seguramente dará igual y estoy preguntando una cosa absurda..., pero es que es la primera vez que me presento con lo de la exencion de tasas, y ya estoy de los nervios que no sea que me falte algo!!!
nenita87 escribió:El certificado del INEM que fecha debe tener? Es decir, tiene que estar dentro del plazo de presentacion de instancias (des del 25/9) o eso da igual...
Nenita, yo creo que puedes ir a pedirlo el lunes.
El certificado del Inem lo que acredita es un antigüedad superior al mes, a fecha de publicación de la convocatoria (22-9-2012), independientemente del plazo de presentación de instancias. No podrías haberlo pedido antes de la publicación en el BOE, pero sí posteriormente.
"Malditas sean las guerras y los canallas que las hacen" (Julio Anguita)
Hola!
Yo he pedido el certificado por internet y no he tardado ni un minuto, es bastante sencillo y el valor es el mismo que si lo pides en las oficinas.
No sé cómo funcionará en otras CCAA, pero aquí en La Rioja se hace a través de la oficina electrónica de la página del Servicio Riojano de Empleo.
Ya he accedido online, y a mi el documento que me saca es el de "situacion respecto a la demanda de empleo"
Pero pone algo asi como: Segun la informacion disponible en la base de datos del Servicio Publico de Ocupacion, en fecha de 22/09/2012, el señor/la señora _____, con DNI _____ consta insrita des del 24 de Abril del 2012.
No pone nada respecto a lo de haber rechazado un empleo, formacion y todo eso. En vuestro certificado pone algo de eso?
Alella, la Declaración Jurada la cuelgan en la página del Ministerio cuando activen el acceso del Modelo 790. Sólo tendrías que descargar el impreso y rellenarlo.
"Malditas sean las guerras y los canallas que las hacen" (Julio Anguita)
Edito el 1er mensaje, la información es válida para esta convocatoria porque no ha cambiado nada respecto a la anterior.
Sólo falta añadir el enlace de la Web del Ministerio y colgar la Declaración Jurada... lo haremos cuando esté disponible.
"Malditas sean las guerras y los canallas que las hacen" (Julio Anguita)
Lurinkii escribió:nenita87 y Alella, yo saqué el documento llamado INFORME NEGATIVO DE RECHAZOS.
Jooo, pues yo no tengo esa opcion online... (soy de Catalunya) :(
Alguien que ya se haya presentado alguna vez con lo de el desempleo que sepa exactamente que sirve?
nenita87 ¿No te salen más opciones de informe? A mi es que me salían como cuatro o cinco y fui pinchando en todos hasta que encontré el que necesitaba, probablemente en Cataluña se llama de forma diferente. ¡Investiga!
Última edición por Lurinkii el Lun Sep 24, 2012 4:35 pm, editado 1 vez en total.