[OPO] Psicólogos Instituciones Penitenciarias

Ofertas de trabajo y oposiciones

Moderadores: Solebo, srtadesconocida

Avatar de Usuario
javitopo
Administrador de la Web
Administrador de la Web
Mensajes: 3955
Registrado: Dom Ago 13, 2006 6:39 pm
Ubicación: Valencia
Agradecido : 32 veces
Agradecimiento recibido: 28 veces
Contactar:

[OPO] Psicólogos Instituciones Penitenciarias

Mensaje por javitopo »


Descripción



Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad Psicólogos (Código 0902).

Organismo


Ministerio del Interior
Paseo de la Castellana, 5
28046 Madrid
Tel.: 900 150 000
Webhttp://www.mir.es

Plazo

ABIERTO. 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», nº 55 de 6/03/2017.

Proceso selectivo

OPOSICIÓN

Tipo de prueba

Oposición

Grupo

A1 - Titulación universitaria de Grado (subgrupo 1)

Titulación específica


Licenciado o Grado en Psicología.

Requisitos generales


* Requisitos: se exigirá no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.


Tasa ordinaria


29,89 €

Descripción de la tasa
El pago de la tasa de derechos de examen se realizará:

1. Por vía telemática: junto con la presentación telemática de la solicitud a través de la web http://administracion.gob.es/PAG/ips), siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

2. En soporte papel: el ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

3. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán realizar el ingreso de los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182/2458/10/0200006043, abierta en el BBVA, IBAN ES10 0182/2458/10/0200006043. Oficina Institucional, título de cuenta «Tesoro Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA, mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.


Exención / Reducción tasas


Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estas personas deberán acompañar a la solicitud estos documentos:
1. Certificado emitido por los servicios públicos de empleo sobre su condición de demandantes de empleo, con los requisitos señalados en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.
2. Declaración jurada o promesa escrita del solicitante de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
3. Certificado que acredite no haber rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiese negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la Familia Numerosa («BOE» de 19 de noviembre).
De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general (14,95 euros).
La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia compulsada del correspondiente título actualizado, que deberá adjuntarse a la solicitud.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.


Plazas

Número de plazas
15

Documentación / Información


Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790 siguiendo las instrucciones del anexo IV, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web http://www.administracion.gob.es., y se dirigirán a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (calle Alcalá, 38, 28014 Madrid).


Las solicitudes se presentarán:

1. En papel: se cumplimentarán en el modelo oficial (administracion.gob.es/PAG/modelo790) y se presentarán en los registros que determina la presente convocatoria junto con el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

2. Por vía electrónica: haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (más información en http://firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es)

La presentación por esta vía permitirá:

- La inscripción en línea del modelo oficial.
- Anexar documentos a la solicitud.
- El pago electrónico de las tasas.
- El registro electrónico de la solicitud.

Lugar de presentación


Las solicitudes en soporte papel deberán presentarse en el Registro General del Ministerio convocante o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.


Otras formas de presentación

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Enlaces de interés

Información en web organismo
https://ips.redsara.es/IPSC/action/secu ... atorias.do


Seguimiento
Fase: Convocatoria

Nueva Etapa:

Enlace
Responder

Volver a “Empleo y oposiciones”