https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/pu ... ndex.xhtml
La solicitud se puede realizar de dos formas:
• Opción 1. Envío electrónico de solicitudes, cumplimentadas y firmadas por medios electrónicos +info
• Opción 2. Registro presencial de solicitudes, cumplimentadas por medios informáticos +info
No se admitirá la presentación de formularios cumplimentados a mano.
Opción 1. Envío electrónico de solicitudes, cumplimentadas y firmadas por medios electrónicos.
Esta opción permite cumplimentar el Modelo de solicitud en línea y realizar la presentación electrónica del modelo 790, sin desplazamientos.
IMPORTANTE. En caso de que desee realizar registro electrónico de la solicitud, antes de comenzar la cumplimentación del formulario debe asegurar que dispone, digitalizados y en formato PDF, preparados para ser adjuntados cuando el proceso lo requiera, el documento acreditativo de titulación universitaria y, en caso de querer aportarlos en este momento, el certificado académico personal y el título de doctor.
Para poder optar a esta opción será necesario cumplir los siguientes requisitos:
• Tener nacionalidad española.
• Disponer de certificado digital válido. Puede consultar la lista de certificados admitidos en el siguiente enlace Certificados admitidos.
• Rellenar el campo Nº de identificación en el formulario, número que ha de coincidir con el número del documento de identificación del certificado digital con el que se firma la solicitud.
• Realizar el pago electrónico, salvo que esté exento de pago y en el caso de víctimas del terrorismo.
• OTORGAR consentimiento, CON LA FIRMA DE LA SOLICITUD, para que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social acceda a la verificación, exclusivamente, de:
a. DNI/NIE
b. situación de desempleo
c. situación de discapacidad (excepto para la Comunidad Autónoma de País Vasco y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación)
d. condición de familia numerosa (excepto para la Comunidad Autónoma de Castilla y León y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación)
En caso de NO OTORGAR consentimiento, MARCANDO LA CASILLA indicada a tal efecto en el modelo de solicitud, se deberá aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los citados datos requisitos exigidos en los términos y plazos previstos en la orden de convocatoria.
Pasos a seguir:
1. Acceder al Modelo de Solicitud y cumplimentarlo.
2. Realizar el pago electrónico de la tasa seleccionando la opción 'Realizar Pago Electrónico' y siguiendo los pasos indicados.
Este paso no aplicará en el caso de ser beneficiario de exención en la tasa.
3. Si el pago se realiza correctamente deberá seleccionar la opción 'Realizar Registro Electrónico'.
4. Adjuntar documentación para acreditación de titulación y expediente académico, en formato PDF, cuando proceda.
5. Siga los pasos para realizar el proceso de presentación electrónica. Será necesario que realice la firma de la solicitud con su certificado digital.
6. Una vez concluido el registro de la solicitud, seleccionar 'Descargar Formulario PDF' para obtener el Modelo 790 que incluye la información de registro y el Número de Referencia completo (NRC), generado por la entidad como justificante del pago.
Este documento servirá como justificante de haber completado la operación, no siendo necesaria su presentación en registro presencial.
7. Finalizar el proceso seleccionando 'Finalizar Trámite'.
Opción 2. Registro presencial de solicitudes, cumplimentadas por medios informáticos:
Opción 2.1: Con pago ELECTRÓNICO
Esta opción implica cumplimentar el Modelo de solicitud en línea, realizar el pago de la tasa por vía electrónica e imprimir la solicitud para su presentación.
A la solicitud se han de unir los documentos acreditativos que correspondan.
Se precisará la utilización del certificado digital del titular de la cuenta/tarjeta con la que se abonará el pago.
Pasos a seguir:
1. Acceder al Modelo de Solicitud y cumplimentarlo.
2. Seleccionar la opción 'Realizar Pago Electrónico' en la pantalla y seguir los pasos indicados.
3. Seleccionar 'Descargar Formulario PDF' para obtener el Modelo 790 que incluye el NRC justificante del pago.
4. Seleccionar 'Finalizar Trámite'.
5. Guardar e imprimir el documento, que constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para la persona interesada» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
6. Presentar la solicitud (ejemplar para la Administración) y la documentación que corresponda, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de correos, y en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través del Registro Electrónico Común.
7. A la solicitud se unirá el original del resguardo de la transferencia bancaria, que acredite el pago de la tasa de derechos de examen.
Opción 2.2. Con pago PRESENCIAL en entidad colaboradora
Esta opción implica cumplimentar el Modelo de solicitud en línea, imprimir la solicitud para el pago de tasas en la entidad financiera colaboradora y posterior presentación.
A la solicitud se han de unir los documentos acreditativos que correspondan.
No se precisa certificado digital.
Pasos a seguir:
1. Acceder al Modelo de Solicitud y cumplimentarlo.
2. Seleccionar la opción 'Descargar Formulario PDF' para obtener el documento y después 'Finalizar Trámite'.
3. Guardar e imprimir el documento, que constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para la persona interesada» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
4. Presentar el documento en la entidad colaboradora y pagar el importe de la tasa de forma presencial, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen.
5. Presentar la solicitud (ejemplar para la Administración) y la documentación que corresponda, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de correos, y en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través del Registro Electrónico Común.
6. A la solicitud se unirá la acreditación del pago de la tasa de derechos de examen.