Bubbles escribió:¿Vais a impugnarla pidiendo un cambio de alternativa? ¿O la anulación?
Yo he pedido cambio de respuesta a la 2.
He puesto lo de cede pero resumido porque no cabe, os lo dejo por aqui:
Parece que si bien en el trastorno negativista desafiante aparece el ánimo enfadado o irritable, éste no se correspondería con un " problema en la regulación del humor y las emociones" que sí es más característico del trastorno de disregulación disruptiva del estado de ánimo. (DSM 5 p. 159 diagnóstico diferencial de ambos trastornos)
Por su parte, podría considerarse correcta la RESPUESTA 2 ya que en la página 463 de dicho manual, al describir las características clínicas del Trastorno Negativista desafiante se indica que "en los casos más graves, los síntomas del trastorno están presentes en varios entornos. Dado que la generalización de los síntomas es indicativa de la gravedad del trastorno es fundamental que el comportamiento del individuo se evalúe en los diferentes entornos y relaciones"
Por ello solicito un cambio de alternativa a la número 2.