beapsi escribió:
6. Estarán exentos del pago de la tasa de derechos de examen:
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
la convocatoria de estas pruebas selectivas. Serán requisitos para el disfrute de la
exención, que el demandante de empleo, en el plazo anteriormente citado, no hubiera
rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hubiera negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que,
asimismo, carezca de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional.
Hola ire!!!
tiene que ser un mes antes a la publicación, tendrías que estar antes del 21 de Agosto