Moderador: Solebo
Areris1986 escribió:Holaaa!! Una dudillaaa...
- Si mando la documentacion para el PIR, por correo certificado, lo tengo q enviar directamente a Madrid o la subdelegacion de mi provincia???
Graciassss
Sin el PIR no tienes especialidad clínica.rosa10 escribió:Termíno de llamar al Ministerio para consultar si siendo autónomo puedo acceder al PIR y me han dicho que el PIR exige dedicación exclusiva...no puedo presentarme !!!
Quería compartir con vosotros/as un pensamiento en voz alta: "¿entonces cómo se puede conseguir la especialidad clínica si tienes consulta privada? imagino que otros _IR tampoco pueden tener consulta y optar a la especialidad...ufff Debe haber algo que se me escapa.
Saludos
Porque todo es un negocio...rosa10 escribió:Si, eso lo sé Repix. Lo que no entiendo es por qué se crea esa incompatibilidad si lo que conceden no tiene carácter de beca ... al menos que yo sepa ;-)
¿Cómo que no puedes presentarte? Vamos a ver, es tan sencillo como que si consigues plaza, te das baja de autónomo.rosa10 escribió:Termíno de llamar al Ministerio para consultar si siendo autónomo puedo acceder al PIR y me han dicho que el PIR exige dedicación exclusiva...no puedo presentarme !!!
Quería compartir con vosotros/as un pensamiento en voz alta: "¿entonces cómo se puede conseguir la especialidad clínica si tienes consulta privada? imagino que otros _IR tampoco pueden tener consulta y optar a la especialidad...ufff Debe haber algo que se me escapa.
Saludos